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Como abortar de manera legal en Costa Rica.

Como abortar de manera legal en Costa Rica.

En 2013 el aborto era legal en 177 países los cuales comprenden el 74% de la población mundial; y en 74 países era ilegal que seria 26% restante. En América latina el aborto es ilegal en la mayoría de los países, con algunas excepciones, como por ejemplo el riesgo de muerte de la madre, según la OMS 21,6 millones de mujeres se han practicado abortos no seguros cada año, y 18,5 millones de estos se llevan a cabo en países desarrollados, por lo anterior un millo de mujeres aproximadamente son hospitalizadas cada año en América latina, por complicaciones que provienen de abortos ilegales e inseguros.

 

Es por esto que tanto se habla de legislación del aborto en esa parte del mundo, en Costa Rica el aborto se encuentra regulado legalmente de la siguiente manera; en el Artículo 118- el que cause la muerte de un feto será reprimido, con prisión entre 3 y 10 años, si actúa sin el consentimiento de la mujer o si esta es menor de quince años, esta pena será de 2 a 8 años si es feto a alcanzado 6 meses de vida intrauterina.

 

Con prisión de uno a 3 años si actúa con el consentimiento de la mujer, esta pena será de 6 meses a 2 años si el feto no ha alcanzado 6 meses de vida intrauterina.

 

 

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En el Artículo 119- se castigará con prisión de uno a 3 años a la mujer que consintiere o cause su propio aborto. Esta pena esta entre 6 meses y 2 años, siempre y cuando el feto no haya alcanzado los 6 meses de vida intrauterina.

 

En el Artículo 120- si el aborto es cometido para ocultar la deshonra de la mujer, sea por ella, o sea por terceros con el consentimiento de ella, la pena es de 3 meses a 2 años de prisión.

 

En el Artículo 121- no es punible un aborto practicado con el consentimiento de la mujer, por un médico o por un obstetra autorizado, cuando no se posible la introversión del primero, si se ha realizado con el fin de evitar un peligro para la vida de la madre la salud de esta, y esté no ha podido ser evitado por otros especialistas.

 

En el Artículo 122- será penalizado de sesenta a ciento veinte días multa, cualquiera que por culpa cause un aborto.

 

Según se puede observar en la legislación existente en Costa Rica, la única forma legal para la interrupción del embarazo es por el peligro de muerte para la mujer, pero es comprobado que el personal médico suele priorizar la continuación del embarazo, bajo el lema del derecho a la vida, poniendo en muchos casos en riesgo la salud de las mujeres.

 

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